Muchos de los que han manejado una moto coinciden en una cosa: la moto es libertad. La sensación puede ser indescriptible, pero es una mezcla entre ser libres y sentirnos un niño o niña al mismo tiempo.
Pero, ojo, por divertido y liberador que sea, conducir una moto conlleva cumplir algunas normas fundamentales en lo que se refiere a convivencia vial: la licencia de conducir o brevete para motos.
Debes saber que si quieres conducir una moto y gozar de esa libertad y diversión que entrega, tienes que sacar tu brevete para motos. Si no sabes cómo obtenerlo, te lo explicamos en este post.
Probablemente seas un piloto muy habilidoso, eso no se discute. El asunto aquí es que si ocurre un accidente de tránsito, aunque no sea tu responsabilidad, si es que no tienes tu licencia para motos del tipo B, las responsabilidades civiles y/o penales podrían caer en tu contra; así que saca tu brevete para motos cuanto antes.
En este sentido, a la hora de conducir una moto puedes incurrir en 3 faltas respecto de tu licencia para conducir motos.
Una puede ser que no tengas licencia para conducir, que estés inhabilitado para manejar o tener la licencia suspendida; o bien, conducir con una licencia que no corresponde a una moto.
Se trata de las papeletas M03, M04 y M05; todas faltas Muy Graves que en los tres casos podría llevar un descuento de hasta un 83% si es que se paga dentro de los primeros 5 días hábiles de notificada la multa.
Aunque tienes que pagar bastante menos si accedes a los descuentos, hay una medida preventiva como sanción de la que no podrás zafar: La inhabilitación para obtener licencia, la retención del vehículo o la suspensión de tu brevete por algunos años, dependiendo de la falta que hayas cometido.
Cada multa tiene sus injerencias, pero todas ellas coinciden en que si tu brevete para motos no está, no corresponde, o peor aún te inhabilita para manejar, la sanción será fuerte.
Estos recuadros te ayudarán a saber más detalles de estas 3 papeletas
FALTA | M03 |
---|---|
INFRACCIÓN | Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional. |
CALIFICACIÓN | Muy Grave |
MONTO | S/ 2.300 |
DCTO. | |
SANCIÓN | Multa e inhabilitación para obtener licencia por 3 años |
PUNTOS | 0 |
SOLIDARIO | Propietario |
MEDIDA PREVENTIVA | Internamiento del vehículo |
FALTA | M04 |
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INFRACCIÓN | Conducir vehículos estando la licencia de conducir retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia de conducir. |
CALIFICACIÓN | Muy Grave |
MONTO | S/ 4.600 |
DCTO. | |
SANCIÓN | Multa y suspensión de la licencia de conducir por tres (3) años, si ésta estuviese retenida o multa y cancelación definitiva de la licencia de conducir, si la licencia estuviere suspendida |
PUNTOS | 0 |
SOLIDARIO | |
MEDIDA PREVENTIVA | Internamiento del Vehiculo y Retencion de la Licencia |
FALTA | M05 |
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INFRACCIÓN | Conducir un vehículo con Licencia de Conducir cuya clase o categoría no corresponde al vehículo que conduce. |
CALIFICACIÓN | Muy Grave |
MONTO | S/ 2.300 |
DCTO. | |
SANCIÓN | Multa y suspensión de la licencia de conducir por un (1) año |
PUNTOS | 70 |
SOLIDARIO | |
MEDIDA PREVENTIVA | Retención del vehículo y retención de la licencia de conducir |
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