La orden de embargo o captura es una sentencia judicial que se emite contra el propietario de un bien, en este caso un vehículo, y esto puede suceder por diversas razones.
Esta orden de captura solo puede ser emitida por un juez a través de un proceso judicial para, de esta manera, asegurar el pago de una deuda. En consecuencia, sirve como una garantía para la entidad con la que se tenga obligaciones pendientes, asegurando dicho cobro o parte de él.
Recuerda que un auto con gravámenes de cualquier tipo no podrá ser transferido.
Aquí cabe resaltar dos vías y/o motivos por los que se puede dar esta orden de embargo: incumplimiento pago con una entidad del Estado o incumplimiento de pago personal.
La orden de embargo no se iniciará de inmediato una vez impuesta la multa, de hecho, el SAT otorga plazos especiales para el pago de la misma, accediendo a descuentos:
Vencidos todos esos plazos dados, si no has presentado algún reclamo o apelación de la multa por vía administrativa, el SAT puede proceder a activar el cobro coactivo de la deuda y quedarse con el vehículo hasta que la multa sea cancelada.
Como se explicó líneas arriba, el fin de la orden de embargo es la de garantizar el pago por parte del deudor y que este no pueda realizar ningún tipo de acción con el vehículo. Entre las prohibiciones se encuentran, principalmente:
Debido a que es una entidad del Estado la que emite la orden de captura por deuda, el vehículo no puede circular y de hacerlo corre el riesgo de ser detenido. Si el vehículo es sorprendido circulando, corre el riesgo de ser detenido por las autoridades (como la Policía Nacional del Perú) y ser llevado a un depósito o patio vehicular, lo que se conoce como secuestro vehicular o embargo con extracción.
Uno de los fines de esta medida es la de impedir que el auto pueda ser vendido, por lo tanto, al estar con orden de embargo, el vehículo no puede ser legalmente vendido ni transferido a un nuevo propietario, ya que el embargo es un gravamen que limita el dominio del bien.
Esta limitación queda inscrita en el Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos).
Si alguien compra un vehículo con una orden de embargo y esta ya estaba notificada, el nuevo dueño tendrá que asumir la situación legal y el proceso de levantamiento del embargo (como el trámite de tercería de propiedad, si aplica).
Hoy es fácil conocer el estado del vehículo, en cuanto a si tiene multas pendientes por cancelar o si tiene una orden de embargo, vía online, gracias al servicio que ofrece el SAT a través de su herramienta de consulta de Captura de Vehículos.
Para hacer el trámite, ingresa el número de la placa del auto y ya podrás ver toda la información que necesitas.

Como señala el propio SAT, será posible únicamente si la orden de embargo no fue notificada al antiguo dueño. En ese caso, quien será el nuevo propietario, solicita una tercería de propiedad a fin de que se levante la orden.
Ya sea porque el monto a pagar se deba a una entidad del Estado o a otra persona, la manera más simple de resolver el problema, es cancelar la deuda en cuestión o que ambas partes lleguen a un acuerdo a través de un juicio o, de manera externa, bajo un acuerdo notificado.
En lo que se refiere a una orden de embargo por papeletas, si quieres solicitar el levantamiento de la inscripción en Registros Públicos, deberás acercarte a la sede principal del SAT (Jr. Camaná 370, Cercado de Lima) para realizar el trámite.
Una vez terminado el proceso, el vehículo con orden de embargo saldrá del sistema 48 horas después de efectuado el pago ante el SAT.