Las multas de tránsito, si bien pueden no ser frecuentes, sí suele ser un tema recurrente al que todo conductor está expuesto. Lo recomendable, desde luego, es hacerse responsable por la infracción. Pero también puede presentarse el caso de que transcurra mucho tiempo y la multa nunca se haga efectiva, prescriba y no deba pagarla.
En términos prácticos, la prescripción impide la persecución de la infracción porque se considera que, transcurrido un determinado plazo para su castigo, si no se ha ejercido la potestad de sancionar, la administración ya no lo puede hacer.
¿Cómo saber si tengo papeletas y cuál es su valor?
Aquí cabe aclarar dos conceptos, el de la ACCIÓN y la EJECUCIÓN DE LA SANCIÓN, pues ello determinará los plazos de la prescripción de la multa.
Para ello, consultamos con el especialista en temas de transporte Lino de La Barrera, quien explicó el plazo de la prescripción será de dos años cuando la multa esté aplicada, y será de cuatro años cuando la multa esté impuesta.
Si tengo una papeleta de transito de abril de 2019, ¿quiere decir que la multa ya prescribió?
Respuesta: Si luego de levantada la papeleta no se ha emitido y notificado la resolución de sanción, se encuentra en la etapa de la ACCIÓN, y el plazo de prescripción es de cuatro años por lo que la autoridad aún puede sancionarlo administrativamente hasta junio de 2023.
Si tengo un acta de control por una infracción de abril de 2019 y me notificaron la resolución de sanción en marzo de 2021, ¿ya prescribió?
Respuesta: El plazo de la ejecución de la sanción es de dos años, y su cómputo se inicia en marzo de 2021; lo cual significa que puede ser perseguible hasta marzo del 2023.
“Lo primero que debe hacer el infractor, una vez notificada la papeleta, es presentar un descargo dentro de los próximos siete días, lo que motiva a una resolución. Esa resolución es sancionadora o eventualmente lo puede eximir de responsabilidad” , contó De La Barrera.
Con lo cual, una vez terminado el plazo, se puede pedir la prescripción ante la misma dependencia de la Policía local que aplicó la multa, y luego la resolución debe presentarse al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) para que se elimine la anotación. Esta comunicación debe presentarla el interesado en la oficina principal del SAT, en Jr. Camaná 370, Cercado de Lima, presentando una copia autorizada de la resolución.
Todas las sanciones, desde luego, son notificadas al infractor y por ende registradas. Con lo cual se inicia el proceso y/o la cobranza, según cómo continúen los plazos. Y aquí cabe resaltar que no siempre el castigo determinado representará un valor monetario, pues estas sanciones pueden ser multas, suspensión o cancelación de la licencia, inhabilitación para realizar alguna actividad, etc., según como está establecido en la Tabla de Infracciones.
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La prescripción ocurre a pedido de parte; es decir, es en este caso el infractor quien debe solicitarla, pues esta no se eliminará de forma automática o por el simple paso del tiempo. Luego sí, una vez realizado el procedimiento, la infracción desaparecerá del registro y la multa oficialmente habrá dejado de existir.
Para realizar esta solicitud en la capital del Perú, debes acudir al Servicio de Administración Tributaria, SAT, de Lima y completar el formulario de solicitud de prescripción de deuda.
Para llenar este documento, deberás tener a la mano tus documentos y el número de la papeleta.
El SAT de Lima ha dispuesto una guía para realizar este trámite de forma exitosa y que puedes descargar directamente desde su portal oficial.